La Agencia Valenciana Antifraude participa en la XV Semana de la Economía de Alzira

Alzira. 15 de febrero de 2023.- Entre el 13 y el 17 de febrero ha tenido lugar en Alzira la XV edición de la Semana de la Economía en la que a través de charlas, ponencias y mesas redondas se promueve el aprendizaje compartido.

Estas jornadas organizadas por Idea-Alzira, la agencia de desarrollo local del Ayuntamiento de Alzira y diferentes instituciones, empresas y organismos tienen como objetivo ofrecer a las empresas y a la ciudadanía en general un espacio de reflexión.

En la edición de este año ha participado por primera vez la Agencia en una mesa redonda con el título “La Agencia Valenciana Antifraude. Los medios de denuncia para las empresas y su gestión” que tuvo lugar el miércoles 15 de febrero a las 17:30h en la Casa de la Cultura de Alzira.

En esta mesa redonda participaron: el director de prevención, formación y documentación de la Agencia, Víctor Almonacid; junto con el director de análisis e investigación, Gustavo Segura, y el jefe de servicio de sistema de información, Javier Alamá.  La mesa fue moderada por la secretaria general y letrada del Ayuntamiento de Riba-roja del Túria, Ylenia Díaz.

El urbanismo y el riesgo de corrupción

Bajo el lema “El urbanismo y el riesgo de corrupción” la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana conmemoró el pasado 12 de diciembre, por sexta vez, el Día Internacional de Lucha contra la corrupción. Un puñado de escogidos expertos hablaron del importantísimo papel de la ciudadanía ante el fenómeno de la corrupción urbanística que, de forma organizada, puede y debe, defender el espacio público del que todos somos legítimos propietarios. Nos contaron en primera persona casos en los que la lucha contra esta lacra, pese a ser muy dura, consigue no solo revertir situaciones, sino también imponer merecidas condenas a quienes groseramente infringen la ley en su propio beneficio. También tuvimos la oportunidad de conocer la visión jurídica de este lamentable atropello al bien común. El bien jurídico protegido en la corrupción urbanística es la utilización racional del medio como recurso natural limitado y la adecuación de su uso al interés general. Se trata de un bien comunitario que no tiene un titular concreto, sino que su lesión perjudica, en mayor o menor medida, a toda una colectividad, pues los escándalos de corrupción ligados al urbanismo tienen un enorme impacto: económico, ambiental y social. Entre las causas de este fenómeno se señala la excesiva discrecionalidad con que los Ayuntamientos han ejercido y ejercen la función planificadora. Convenios urbanísticos con particulares que otorgan a estos un papel decisivo, promociones inmobiliarias como caldo de cultivo, o tecnoestructuras funcionariales, bien haciendo dejación de sus funciones, bien sirviendo activamente de correa de transmisión. La ONG Transparencia Internacional ha señalado que el ámbito donde la corrupción es más elevada en España es el local. En estos gobiernos, sobre todo en los situados en la costa o en las inmediaciones de las grandes ciudades, la calificación del suelo urbano es el origen de los mayores casos de corrupción. Se advierten graves problemas, al menos, en cuatro grandes áreas: la normativa, la burocrática, la política y la judicial. La hiperregulación, o incluso a veces la regulación tramposa, deja abierta la puerta a la arbitrariedad, la confusión y la opacidad, la prepotencia en la toma de decisiones y el mal gobierno. La apertura de actividades y su funcionamiento sin la concesión de las oportunas licencias haciendo la vista gorda o el excesivo retraso de autorizaciones en temas sencillos que debieran resolverse con mayor eficacia, son disfunciones del sistema que es necesario corregir. Formación e información, tanto del funcionariado como de los cargos electos y no electos, son fundamentales para prevenir la desviación de cualquier conducta. Las consecuencias no son baladíes: posibles delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos, cohechos, blanqueo de capitales, organización criminal, tráfico de influencias, financiación ilegal de partidos políticos; o cuanto menos, sanciones administrativas, que deben ser proporcionales, disuasorias y efectivas; además de aquellas consecuencias que pese a ser intangibles, tienen una repercusión incluso más perjudicial: el daño reputacional, la desconfianza de la ciudadanía en sus instituciones y en quienes las gobiernan, la quiebra del principio de igualdad y la desvinculación del bien común y del interés general en beneficio de unos cuantos. No podemos negar la lentitud de la vía judicial, con causas que se prolongan una media de ocho años; justicia que es gravosa, y que no puede ser costeada por el ciudadano medio. Además, muchas veces enmarañada: El asunto resulta que es contencioso cuando se planteó por la vía penal, o viceversa, si se planteó la acción penal, los hechos terminan no ajustándose a los elementos del tipo, puesto que no todo lo que es corrupción está recogido en el Código Penal. También el Código Penal requeriría una profunda reforma, así como la Ley procesal. La complejidad de estos asuntos hace inviable que se puedan acometer adecuadamente, con los escasos medios personales y materiales de que se dispone. Desde nuestro punto de vista, los delitos de corrupción deberían de ser de conocimiento de una justicia especializada, como ha ocurrido con temas tan particulares y repudiables como la violencia de género. Curioso resulta que, aunque urbanidad y urbanismo, proceden de idéntica etimología, urbs-urbis en latín, sus significados actuales más comunes sean sumamente distantes. Según la RAE, urbanidad es el comportamiento acorde con los buenos modales que demuestra buena educación y respeto hacia los demás. No obstante, según la RAE, urbanismo es la ordenación de los edificios y espacios de una ciudad; la concentración y distribución de la población en las ciudades. Ante ello y con todos mis respetos a los académicos, es preferible en este caso acudir a la Wikipedia, que define el urbanismo como el estudio de cómo los habitantes de áreas urbanas, pueblos y ciudades, interactúan con el entorno construido. Añade la enciclopedia libre la necesidad de la planificación urbana, centrada en el diseño físico y la gestión de las estructuras urbanas. En su conjunto, estudia las relaciones sociales, económicas y ambientales que tienen lugar dentro del fenómeno urbano.  Debemos el término urbanismo al ingeniero de caminos catalán Ildefonso Cerdá, a finales del siglo XIX. Hombre polifacético, escribió la Teoría general de la urbanización (1895), obra pionera por la cual se le considera uno de los fundadores del urbanismo moderno. Su proyecto más importante fue la reforma urbanística de la Barcelona del siglo XIX mediante el Plan Cerdá, con el que creó el barrio del Ensanche.  Según Cerdá, la urbanística es la planificación de los diversos lugares y ambientes en los que se desarrolla la vida material, sentimental y espiritual en todas sus manifestaciones, individuales y colectivas, y comprende tanto los asentamientos urbanos como los rurales. El bienestar de la población, residente o forastera, constituye el objeto último de la urbanización. Cerdá decía: «He aquí las razones filosóficas que me indujeron y decidieron a aportar la palabra urbanización, no sólo para indicar cualquier acto que tienda a agrupar la edificación y a regularizar su funcionamiento en el grupo ya formado, sino también el conjunto de principios, doctrinas y reglas que deben aplicarse, para que la edificación y su agrupamiento, lejos de…

El Blog de la Agencia Valenciana Antifraude premiado en los Premios Blogs Jurídicos de Oro 2022

Salamanca, 7 de febrero de 2023. – El artículo “Los olvidados del TREBEP” publicado en el “Blog de la AVAF” y escrito por el letrado de la Agencia Valenciana Antifraude, Juan Vega Felgueroso, y por la técnica de formación Pilar Moreno García, ha sido premiado en la 4ª Edición de los Premios Blogs Jurídicos de Oro en la categoría de mejor artículo jurídico.

La entrega de premios tuvo lugar en el Aula Salinas del Edificio de las Escuelas Mayores de la Universidad de Salamanca y fue el rector de la Universidad, Ricardo Rivero, el encargado de hacer entrega del galardón.

Estos premios cuentan con dos categorías: una al mejor blog jurídico en la que resultó ganador el blog de Ignasi Beltrán de Heredia Ruiz; y una segunda categoría de artículos jurídicos de excelencia en el que obtuvo el primer premio el blog de Diego Gómez Fernández, y el segundo premio el artículo del blog de la Agencia.

El artículo sobre “Los olvidados del TREBEP” según el jurado “afronta una vertiente de gran sensibilidad pública, superando las nieblas del legislador, ofreciendo perspectivas de abordaje orientadas a reivindicar la fuerza de la ética profesional”.

Estos Premios tienen como objetivo ayudar a la difusión del conocimiento de ámbito jurídico a través de un formato de gran impacto como son los blogs. En esta edición ha aumentado el número de participantes que se han presentado a estos premios pasando a la fase final más de 40 candidaturas.

Estos Premios están promovidos por el Magistrado de los Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Asturias, José Ramón Chaves, junto con el Grupo Globoversia, una comunidad de intereses culturales no lucrativos y el patrocinio de la Editorial Amarante así como de la Fundación Automáticos Tineo.

Puedes leer el artículo premiado aquí:

Los olvidados del TREBEP

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