Primera experiencia formativa de la AVAF en la Educación Secundaria Obligatoria. El IES Parra de Alzira es el primero de la Comunitat Valenciana en celebrar el docuforum sobre ética e integridad pública.

#FormacionAVAF

El pasado 11 de mayo de 2022, el Instituto de Educación Secundaria José María Parra albergó la primera experiencia de aprendizaje de docuforum en la etapa formativa de ESO. Esta ha sido la primera celebrada por la Agencia Valenciana Antifraude en toda la Comunitat Valenciana en esta etapa educativa. 

La actividad tuvo lugar en la localidad de Alzira (Ribera Alta), en el seno de la asignatura de economía con la colaboración de las profesoras Ana Vercher y Marina Nicola.  

El alumnado visionó, en una primera sesión, el docuforum “Corrupción: organismo nocivo” de Pandora Box y expusieron sus dudas y preguntas en torno a de qué manera afecta la corrupción a nuestra sociedad, qué medidas se pueden llevar a cabo para acabar con ella y desde qué tipo de instituciones.  

La segunda de las sesiones de la experiencia formativa, elaborada a partir de los intereses y dudas del alumnado, estuvo dirigida por Pilar Moreno, técnica de formación de la Agencia Valenciana Antifraude, presente en el aula.  

Tras una introducción sobre los organismos internacionales y europeos que han legislado en materia de prevención y lucha contra el fraude y la corrupción, se presentó a los jóvenes la Agencia Valenciana Antifraude, entidad pública, con personalidad jurídica propia y de carácter independiente, únicamente adscrita a Les Corts.

Tras exponer las diversas funciones desarrolladas por la AVAF (Prevención, formación, análisis e investigación, entre otras) el alumnado de 4º de ESO conoció el buzón de denuncias de la Agencia, las temáticas sobre las que más se alerta y la labor que hace única a la Agencia Valenciana Antifraude, la protección a los alertadores.  

Los alumnos participaron muy activamente en el debate sobre la corrupción y advirtieron las consecuencias negativas que impactan para su vida cotidiana, como la falta de recursos para la mejora de los servicios públicos (educación, sanidad, servicios sociales…)  

Entre las preguntas formuladas por los jóvenes entre 15 y 17 años destacaron el interés que manifiestan por conocer que pueden hacer ellos mismos para acabar con la corrupción y si habían tenido realmente impacto las medidas implantadas en la Comunitat Valenciana para reducirla.  

La Agencia Valenciana Antifraude inicia con este docuforum una nueva vía a través de la cual tiene la oportunidad de acercar la institución, sus objetivos y funciones a las clases de Educación Secundaria Obligatoria, con el objetivo de para participar de la creación de una juventud más informada en materia de lucha contra la corrupción, integridad y transparencia. 

Si eres docente universitario, de Secundaria o Bachillerato y estás interesado en que la actividad formativa “Docuforum sobre ética e integridad pública” se realice en la asignatura que impartes, no dudes a ponerte en contacto con el Servicio de Formación de la Agencia Valenciana Antifraude a través de formacion@antifraucv.es.

Negacionistas de la denuncia anónima

Para los negacionistas de la denuncia anónima no importa qué es lo que se denuncia, por grave que sea. Importa quién denuncia, porque sabiendo quién ha sido el denunciante los hechos se tapan. Quieren saber quién denuncia porque de este modo se presiona, se desacredita y se represalia al denunciante, o bien se le acusa de falsedad. El mensaje es: búscate un abogado que te defienda, que te vas a enterar. Esto es lo que constatamos en demasiadas ocasiones en la Agencia Valenciana Antifraude.

El denunciante es denunciado por romper la ley del silencio, por salvaguardar el interés de todos, por defendernos de los fraudes, de las irregularidades y de la corrupción.

Los negacionistas rechazan la denuncia anónima, aunque está prevista en la legislación especial y es aplicada por la jurisprudencia que expresa la evolución en la aplicación de las leyes adaptando el derecho a las demandas y realidades sociales.

La Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por poner dos ejemplos, reconocen la denuncia anónima en España, pues esta es, por motivos obvios, de gran utilidad.

La ley fiscal no especifica quien puede presentar una denuncia tributaria a la Administración, por lo que la denuncia puede ser anónima; es decir, el denunciante puede no revelar su identidad. El hecho de que no conste la identidad del denunciante no representa ningún obstáculo para tener en cuenta la denuncia y examinar la documentación aportada y, si procede, iniciar las correspondientes actuaciones de comprobación e investigación por parte de las autoridades competentes.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social cuenta con un buzón de denuncias, al que acudir para notificar todos los comportamientos que implican precarización laboral en el empleo y poner en conocimiento cualquier situación injusta que pueda sufrir un trabajador, ofreciendo la posibilidad de comunicar desde el anonimato las situaciones de abuso laboral e incumplimientos.

También la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cuenta con su propio buzón de denuncias, que permite el anonimato, a fin de detectar y, en su caso, perseguir y sancionar infracciones al derecho de la competencia.

En materia de prevención del blanqueo de capitales, los sujetos obligados (entidades financieras y de crédito, aseguradoras, empresas de servicios de inversión y de garantía recíproca, entre otros) deben establecer un canal de denuncias interno de forma que empleados, agentes o directivos puedan comunicar, incluso de forma anónima, cualquier información relevante sobre posibles infracciones en este campo.

El propio Ministerio del Interior habilitó, desde el año 2015, un buzón de denuncias anónimo para casos de terrorismo.

Igualmente, en materia de protección de datos se admiten las denuncias anónimas, lo que contribuye a una mejor protección de las personas denunciantes y facilita que se denuncien más casos. Ello constituye una buena oportunidad para que las empresas afronten sus problemas internamente antes de que trasciendan al exterior.

Por su parte, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en una importante sentencia cuyo ponente fue el magistrado Vicente Magro, Sentencia núm. 35/2020 de 6 de febrero de 2020, valida una denuncia anónima como origen de una investigación interna en una empresa para destapar un fraude, haciendo referencia a la Directiva (UE) 2019/1937 y a los canales de denuncia, a los que califica de altamente eficaces en el arranque de la notitia criminis, pues propician -dice la sentencia, la debida investigación policial y el descubrimiento de prácticas ilícitas o delictivas. Añade que una denuncia anónima no impide una investigación penal, sino que exige únicamente un análisis reforzado para su toma en consideración, que pondere la coherencia y la verosimilitud de los datos. Esta Sentencia recoge una doctrina que es continuidad de otras, dictadas también por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, como la Sentencia núm. 54/2019 de 6 de febrero de 2019 y la Sentencia núm. 318/2013 de 11 de abril.

La Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, denominada comúnmente Directiva Whistleblower, advierte, en sus primeras líneas, que las personas que trabajan para una organización pública o privada, o están en contacto con ella en el contexto de sus actividades laborales, son a menudo las primeras en tener conocimiento de amenazas o perjuicios para el interés público que surgen en ese contexto. Al informar sobre infracciones, dichas personas actúan como denunciantes y por ello desempeñan un papel clave a la hora de descubrir y prevenir irregularidades y de proteger el bienestar de la sociedad. Sin embargo, los denunciantes potenciales suelen renunciar a informar sobre sus preocupaciones o sospechas por temor a represalias. En este entorno, es cada vez mayor la necesidad de reconocer la importancia de prestar una protección efectiva a los denunciantes.

Dicha Directiva entró en vigor en España el día 17 de diciembre de 2019 y su plazo de transposición al ordenamiento jurídico español venció el 17 de diciembre de 2021, habiendo la Comisión Europea reprendido a España por tal motivo.

Tanto la citada Directiva como la Convención de Naciones Unidas contra la corrupción, ambas directamente aplicables en toda España, aquella desde 17 de diciembre de 2021 y esta desde su ratificación por el Congreso de los Diputados según publicación en el BOE de 19 de julio de 2006, posibilitan la denuncia anónima.

En desarrollo de esta Convención de Naciones Unidas y anticipándose a la citada Directiva, se crea la Agencia Valenciana Antifraude por ley aprobada en las Cortes Valencianas el 28 de noviembre de 2016, como institución pública independiente con funciones de prevención y fomento de la integridad y ética pública, investigación de denuncias, protección de personas denunciantes y capacidad sancionadora.

La Agencia Antifraude, conforme a su ley reguladora y a su normativa reglamentaria de desarrollo, la cual se encuentra disponible en el Código de Lucha contra el Fraude y la Corrupción que publica y actualiza periódicamente el BOE, admite las denuncias y comunicaciones realizadas por cualquier persona, tanto nominales como anónimas, en este último caso con plenas garantías mediante el buzón de denuncias electrónico de su página web. Dicho canal de denuncias opera también como oficina virtual del personal empleado público que pone en conocimiento de la Agencia las irregularidades que conozca o a las que haya tenido acceso.

Se trata de un canal telemático seguro y confidencial, que permite la intercomunicación, pues por cada comunicación que se realiza se asigna automáticamente un código alfanumérico a través del cual la persona denunciante, anónima o no, puede acceder al sistema e interactuar con el personal funcionario de la Agencia, que además tiene la condición de autoridad pública.

Se investigan, tras la comprobación de su verosimilitud, aquellas comunicaciones que contienen una descripción suficiente que permita identificar el hecho o la conducta y que estén dentro del ámbito de actuación de la Agencia Antifraude. No se admiten, y se exceptúan en todo caso de la obligación de comprobar, las comunicaciones que resultan faltas de fundamento o notoriamente falsas, o que vulneran derechos fundamentales. En estos casos, la Agencia puede sancionar estas conductas o derivar hacia la Fiscalía o la autoridad judicial las acciones pertinentes.

No solo dentro de este marco actúa la Agencia valenciana, sino que lo hacen todas las oficinas y agencias antifraude constituidas y en funcionamiento en las Comunidades Autónomas: la Oficina Antifraude de Cataluña, la de Baleares y la recién creada Oficina Andaluza, que reconocen el anonimato en sus buzones de denuncia como forma perfectamente válida de trasladar información relevante sobre hechos que atentan al interés general y al bien común.

Lo propio también se viene haciendo desde hace tiempo por órganos creados en varios Ayuntamientos, como los de Barcelona y Madrid, a los que se suman ahora varias administraciones públicas del territorio valenciano que están firmando protocolos con la Agencia Valenciana Antifraude, a tal fin y bajo el compromiso de integridad pública. Los buzones de denuncias permiten la participación de la sociedad, acercan la ciudadanía a las administraciones públicas y aumentan la confianza en las instituciones.

Asimismo, desde muchas organizaciones civiles se defiende la denuncia anónima, como Transparencia Internacional, que expresamente declara que la legislación nacional debe incluir mecanismos para recibir y gestionar las denuncias anónimas, pues en algunos casos esta es la única vía para dar a conocer las irregularidades sin sufrir represalias.

Reconocer la posibilidad de la denuncia anónima es la mejor forma de proteger a la persona que denuncia. La inmensa mayoría de los empleados públicos no se atreven a denunciar por temor a ser represaliados, siendo habitual en estos casos el ensañamiento en su calidad de denunciantes, testigos o peritos.

Exigir que el denunciante se identifique desincentiva las denuncias porque conduce a quien presencia unos hechos o tiene cierta información a seguir mirando hacia otro lado para evitar problemas, permitiendo que los corruptos sigan con sus trampas, sabedores que las personas de su entorno no se atreven a dar el paso.

En respuesta a quienes temen el daño que pudiera causar una denuncia anónima, cabe recordar que esta no inicia por sí misma un procedimiento de forma automática, sino que se trata de una fuente de información, lo que exige un correcto y necesario examen por parte del órgano o autoridad receptora, puesto que aquella incita, o no, a la actuación de oficio de esta, tras el análisis de verosimilitud de los hechos. Tal análisis o valoración es apreciado en su conjunto, junto con otros indicios o elementos de prueba.

Pese a todo lo expuesto, ellos, los negacionistas, a quienes les interesa que las cosas sigan como están, seguirán negando la denuncia anónima, negándola para ellos y para los suyos.

La denuncia anónima es útil. Nadie tiene porqué temer si tiene sus cosas en regla. La pregunta es: ¿queremos luchar contra la corrupción?

Teresa Clemente García

Directora adjunta y de Asuntos Jurídicos de la Agencia Valenciana Antifraude

Suscríbete a nuestro blog y Newsletter

* campo obligatorio

Comparecencia en la Comisión de Economía de les Corts para presentar la Memoria de Actividad de 2021

València, 11 de mayo de 2022.- El director de la Agencia Valenciana Antifraude, Joan Llinares, ha comparecido la Comisión de Economía, Presupuestos y Hacienda de Les Corts para rendir cuentas de la Memoria de actividad de la Agencia correspondiente al año 2021.

A lo largo de su intervención Joan ha expuesto la actividad desarrollada por la Agencia en el año 2021 en sus diferentes áreas como son la formación, prevención y documentación; el área jurídica y de protección de la persona denunciante; el análisis e investigación; administración, contratación y recursos humanos y comunicación.

En cuanto a la investigación la evolución que ha seguido la Agencia desde su creación refleja un aumento exponencial de las denuncias recibidas. Durante el año 2021 la Agencia recibió 359 denuncias, lo que representa un 58% más de denuncias con respecto al año 2020. Desde su creación en el año 2017 la Agencia ha abierto un total de 969 expedientes de investigación.

“El hecho de que la ciudadanía acuda a la Agencia para poner en su conocimiento hechos que podrían ser constitutivos de delitos de fraude y corrupción es el mayor refrendo al trabajo que el personal de la Agencia está realizando en las diferentes áreas de actuación”, señaló Joan.

“Esa tendencia creciente en el número de denuncias que hemos visto durante el año pasado y los anteriores no se para aquí, sino que sigue aumentado y así en el primer trimestre de este año 2022 ya hemos recibido 105 denuncias. Este aumento nos lleva a plantearnos la necesidad de dotar de más personal a la Agencia para poder desarrollar su actividad ya que el volumen de denuncias que entran en la Agencia supera y mucho lo que se contempló en el momento de su creación en el año 2017”, añadió Linares.

Otro dato para destacar del trabajo desarrollado por la Agencia durante el año 2021 es que se ha determinado por primera vez que el importe recuperable por las instituciones públicas valencianas a raíz de las investigaciones finalizadas por la Agencia en el año 2021 supera los 23 millones de euros.

Llinares también ha expuesto la actividad formativa desarrollada en el año 2021 por la Agencia que se ha concretado en la organización de 43 acciones formativas en las que han participado más de 1.800 personas, lo que ha supuesto un incremento considerable en relación con las 23 actividades organizadas y las 827 personas que participaron en el año 2020.

Así mismo hay que destacar la elaboración durante el año 2021 de una Guía junto con diversos materiales para ayudar a las instituciones públicas a desarrollar sus planes de integridad pública de acuerdo con las exigencias de los fondos Next Generation. La Agencia también aprobó su Código ético y de conducta y constituyó su Comité de ética.

“Toda esta labor de formación, investigación, prevención y difusión realizada por la Agencia queda reflejada en esta Memoria de actividad la cual queda a disposición de la ciudadanía para que pueda comprobar el trabajo que se lleva a cabo día a día y que tiene como objetivo no solo la lucha contra el fraude y la corrupción sino la creación de una ética e integridad pública”, añadió Llinares.

El pasado 29 de marzo también se cumplió con el mandato recogido en el artículo 22 de la Ley 11/2016 de creación de la Agencia presentando a la Mesa de Les Corts la Memoria de Actividad y el 1 de abril también se hacía entrega de dicha Memoria al President de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig.

Se puede consultar la Memoria en este enlace:

https://www.antifraucv.es/wp-content/uploads/2022/03/MEMORIA-DE-ACTIVIDAD-2021-CAS.pdf

Enlace a la comparecencia del director: