València, 11 de marzo de 2021.- La Agencia Valenciana Antifraude ha presentado un conjunto de alegaciones en el trámite de audiencia e información pública abierto por el Ministerio de Justicia en el proceso de elaboración del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Las enmiendas presentadas por la AVAF van dirigidas a que la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal tenga en cuenta el alcance de los trabajos que se están llevando a cabo con la necesaria transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva Europea 2019/1937 relativa a la protección de las personas que informan de infracciones del derecho de la Unión más conocida como directiva whistleblowers.
En concreto, se propone que se recoja dentro del procedimiento penal la validez de la denuncia anónima como instrumento para facilitar el conocimiento de actos constitutivos de fraude y corrupción que se puedan producir en el sector público, tal y como se desprende de la propia experiencia de la Agencia a través de su Buzón de Denuncias.
Otra de las enmiendas hace referencia a la ampliación de los canales de denuncia desde los canales internos que se proponen en el Anteproyecto del Ley, a la inclusión de los canales externos de denuncia tal y como se establece en la Directiva Europea con el objetivo de adecuarla a la misma.
Con respecto a la protección de las personas denunciantes y alertadoras de hechos constitutivos de delitos de fraude y corrupción, desde la Agencia Valenciana Antifraude se propone una ampliación de los supuestos recogidos en el Anteproyecto de Ley para que se tengan en cuenta no solo aquellos casos que supongan un riesgo para “la vida, integridad o libertad” de las personas denunciantes y alertadoras, sino también los supuestos en los que la represalia como consecuencia de haber denunciado o testificado implique un ataque a los derechos profesionales o laborales, económicos o de cualquier otro tipo.
Vinculado con lo anterior, se propone asimismo que se incluya la posibilidad de otorgar la condición de testigo protegido en aquellos supuestos en los que exista dependencia o vulnerabilidad dentro del contexto laboral respecto de las personas investigadas o su entorno, ya que es precisamente en ese ámbito en el que tienen lugar las represalias como consecuencia de las denuncias interpuestas.
Otra de las propuestas que se hace es la extensión de la figura del arrepentido en el ámbito de la organización criminal, tal y como se recoge en el actual texto del Anteproyecto, a los casos de corrupción y fraude, ya que en estos es difícil en ocasiones que pueda demostrarse la existencia de una organización criminal para la comisión de delitos. La inclusión de la figura del arrepentido contribuiría a la persecución del fraude y corrupción en el sector público con información que es clave para que los delitos se destapen y se exijan responsabilidades.
Por último, desde la Agencia Valenciana Antifraude se propone la creación de un estatuto de protección de la persona denunciante o alertadora de corrupción equiparable al estatuto de víctima. En este estatuto se establecerían medidas de protección para la persona denunciante y alertadora de corrupción como la ocultación de sus datos personales con el objetivo de garantizar la confidencialidad y la protección de la identidad de estas personas especialmente durante la fase de instrucción penal.
Nota editable en formato ODT | |
Nota editable en formato DOC | |
Enmiendas presentadas en el proceso de elaboración del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal |